Asamblea Departamental (Colombia)
En Colombia, las Asambleas Departamentales, ocasionalmente llamadas Dumas Departamentales, son instituciones públicas de carácter político y administrativo que gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio. Están conformadas por no menos de 11 diputados ni más de 31,[1] elegidos en cada departamento por voto directo y universal para un periodo de cuatro años,[2] con posibilidad de ser reelectos de forma inmediata. Ellas emiten ordenanzas y resoluciones de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial. Su equivalente en las ciudades son los concejos municipales y en los corregimientos, comunas o localidades son las juntas administradoras locales. En sentido amplísimo, su equivalente a nivel nacional es el Congreso, que es el único órgano legislativo del Estado Colombiano por ser un estado unitario.
Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos, y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.
Bogotá, por ser Distrito Capital no tiene representación en alguna asamblea departamental, ya que gozando de autonomía para la gestión de sus intereses, su papel en su caso lo asume el Concejo de Bogotá.[3] Por otra parte, las Áreas no municipalizadas (incluyendo la Isla de San Andres) al ser administrada directamente por el gobernador departamental, la asamblea ejerce las funciones de un concejo municipal para esta entidad territorial.
Historia
editarLas asambleas departamentales inicialmente era nueve (incluyendo el entonces Departamento de Panamá), reemplazando a los parlamentos estatales que existieron durante el sistema federal de la constitución de Rionegro.
Por muchos años, el Senado de la República era elegido indirectamente, a través de las asambleas departamentales.
Composición
editarA partir de 2007 el total de diputados es de 418.[4]
Departamentos | Número de Diputados | |||||||||||
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Total asignados | Composición (2020-2023) | |||||||||||
Amazonas | 11 |
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Antioquia | 26 |
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Arauca | 11 |
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Atlántico | 14 |
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Bolívar | 14 |
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Boyacá | 16 |
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Caldas | 14 |
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Caquetá | 11 |
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Casanare | 11 |
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Cauca | 13 |
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Cesar | 11 |
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Chocó | 11 |
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Córdoba | 13 |
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Cundinamarca | 16 |
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Guainía | 11 |
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Guaviare | 11 |
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Huila | 12 |
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La Guajira | 11 |
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Magdalena | 13 |
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Meta | 11 |
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Nariño | 14 |
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Norte de Santander | 13 |
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Putumayo | 11 |
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Quindío | 11 |
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Risaralda | 12 |
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San Andrés y Providencia | 11 |
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Santander | 16 |
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Sucre | 11 |
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Tolima | 15 |
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Valle del Cauca | 21 |
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Vaupés | 11 |
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Vichada | 11 |
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Véase también
editarReferencias
editar- ↑ Congreso de Colombia (17 de enero de 1996). Diario Oficial de Colombia, ed. «Acto legislativo número 01 de 1996». Imprenta Nacional de Colombia. Consultado el 18 de febrero de 2017.
- ↑ Asamblea Nacional Constituyente, 6 de julio de 1991, Artículo 299.
- ↑ «Información General de Bogotá». Alcaldía Mayor de Bogotá D. C. 2010. Archivado desde el original el 4 de marzo de 2015. Consultado el 18 de febrero de 2010. Enlace irrecuperable
- ↑ Presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez (26 de julio de 2007). Diario Oficial de Colombia, ed. «Decreto 2833 de 2007». Imprenta Nacional de Colombia. Consultado el 18 de septiembre de 2022.
Notas
editar- ↑ CR: 1 diputado
MIRA: 1 diputado - ↑ PDA: 1 diputado
- ↑ CH-UP: 1 diputado
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ CD: 2 diputados
MIRA: 1 diputado - ↑ PDA: 1 diputado
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ PDA: 1 diputado
- ↑ MAIS: 2 diputados
- ↑ ASI: 1 diputado
- ↑ MIRA: 1 diputado
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ CD: 2 diputados
CR: 2 diputados - ↑ PC: 2 diputados
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ FC: 1 diputado
- ↑ PC: 1 diputado
- ↑ PC: 1 diputado
- ↑ AV: 1 diputado
MAIS: 1 diputado - ↑ ASI: 1 diputado
- ↑ CD: 1 diputado
PC: 1 diputado - ↑ CH-UP: 1 diputado
- ↑ PDA: 1 diputado
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ CD: 2 diputados
- ↑ PDA: 2 diputados
- ↑ CD: 1 diputado
- ↑ AV: 1 diputado
- ↑ MAIS: 1 diputado
Bibliografía
editar- Consejo Nacional Constituyente (5 de agosto de 1886). Constitución de Colombia de 1886. Consultado el 18 de febrero de 2014.
- Asamblea Nacional Constituyente (6 de julio de 1991). Constitución de Colombia de 1991. Consultado el 18 de febrero de 2014.